¿ HAY HIPOTECAS QUE FINANCIAN EL 100% DE LA VIVIENDA?
Aunque cada banco establece los requisitos necesariospara cumplir con el perfil de cliente premium y optar a este tipo definanciación, expertos del comparador de productos financieros apuntan algunos de los más habituales. Entre ellos:
- Se requieren unos ingresos fijos. Entre todos los titulares deben sumar alrededor de un mínimo de 2.000 o 3.000 euros, según la entidad.
- Tener un perfil crediticio impoluto. Esto quiere decir, haber respondido bien a deudas o préstamos anteriores y no constar – ni haber constado – en ninguna lista de morosidad, como por ejemplo ASNEF.
- Disponer de una situación económica y laboral estables. Es decir, presentar cierta solvencia, un contrato laboral indefinido y con cierta antigüedad, normalmente de alrededor de dos años.
- Contar con avales con garantías. Esto es, contar con el aval de alguna persona que cuente con capital suficiente para hacer frente a la deuda en caso de impago. Eso sí, la persona que avala asume un riesgo muy alto dado que, si la persona hipotecada no hace frente al pago es el avalista quien deberá asumirlo.
- Disponer de ahorros. Aunque hasta ahora se debía disponer del 10 % o 15 % del valor de la vivienda para asumir los gastos de gestión, con la nueva ley hipotecaria las entidades se están adaptando a la normativa y son ellas que, parece, asumirán estos gastos. Aun así, tener un respaldo económico es un punto a favor para acceder a una financiación del 100 %.
Con todo, cumplir con estos requisitos nogarantiza que se vaya a conceder una hipoteca con estas características. Elcliente debe tener en cuenta que, además de cumplir con estos, también deberáasumir unas vinculaciones, como en cualquier otro préstamo hipotecario.
Las más habituales son domiciliar la nómina ounos ingresos recurrentes, normalmente por un importe mínimo y domiciliarlos recibos del hogar (agua, luz, telefonía…). También es probable que el bancoofrezca otros productos a contratar, como algún seguro del hogar o de vida, porejemplo.
Eso sí, la Nueva Ley Hipotecaria refuerza la idea de que está prohibido obligar al cliente a su contratación y estos productos siempre deben suponerle algún tipo de beneficio, como una rebaja en el tipo de interés.
Fuente: Fotocasa
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